Introducción

Si eres inmigrante en Chile, de seguro tendrás dudas sobre las razones por las que te podrían aplicar la sanción de expulsarte del país. Estas dudas son completamente normales, es necesario saber cuáles son los límites según el país donde estas viviendo, que probablemente sea muy distinto de tu país de origen.

En este artículo te cuento todo lo que necesitas saber sobre la posibilidad de expulsión de Chile y qué puedes hacer frente a este caso.

1. Expulsión del país

La expulsión del país es una de las sanciones más temidas por los inmigrantes, y de la que no existe suficiente información. Es por esto que a continuación te contaré lo que necesitas saber sobre la expulsión del país y qué debes hacer si te encuentras en un caso como este.

1.1. ¿Qué es la expulsión de un país?

La expulsión es una sanción que obliga al abandono inmediato del país al extranjero que haya cometido alguna de las infracciones que señala la ley. Es decir, que esta sanción es una orden para que abandones el país.

1.2. ¿Cuándo se aplica la expulsión del país?

Esta sanción se aplica si:

  • Realizas varias infracciones en repetidas ocasiones.

  • Realizas una falta que la ley considere “grave”.

En estos casos te podría llegar primero una orden de abandono del país y, posteriormente, una orden de expulsión.

1.3. Causales de expulsión del país

Existen dos tipos de causales para que te expulsen de un país, las facultativas y las imperativas, a continuación te cuento cuáles son estas:

Facultativas: se llaman así porque será la autoridad quien decida si se realiza la expulsión en estos casos o no. Estas causales aplican para:

  • Personas que, antes de ingresar al país incurrieron en alguna de estas prohibiciones:
    • Alterar el orden público.
    • Cometer delitos de tráfico de drogas, contrabando, trata de personas y, en general, actos contrarios a la moral y las buenas costumbres.
    • No tener o no poder ejercer profesión u oficio.
    • Carecer de recursos que permitan al extranjero vivir sin constituir carga social.
    • Continuar en el país con el plazo de residencia legal vencido.
    • Cometer infracciones graves o reiteradas a las obligaciones de la Ley de Extranjería.
    • No pagar la multa impuesta por una infracción migratoria.

Imperativas: se llaman imperativas porque la autoridad no tiene decisión sobre si aplicar la expulsión o no. Una vez cometida alguna de estas causales, la autoridad debe realizar la expulsión.

  • Comisión de delitos migratorios como:
    • El ingreso mediante documentos falsos, adulterados o a nombre de otra persona, o hacer uso de ellos durante su tiempo en Chile.
    • Ingreso clandestino al país.
  • Realizar una simulación o fraude en la celebración de un contrato de trabajo para obtener una residencia sujeta a contrato.
  • No dar cumplimiento a la medida de abandono del país.

1.4. ¿Cómo se aplica la expulsión del país?

Te van a notificar la orden de expulsión y para hacer efectivo el cumplimiento de esta medida, el Intendente Regional o el Gobernador Provincial, tendrá facultad para disponer, si lo necesita, del allanamiento de determinada propiedad particular.

Esto es así porque la notificación se tiene que hacer personal al extranjero que debe abandonar el país.

1.5. ¿Qué puedo hacer si me quieren expulsar del país?

Si te notifican de orden de expulsión del país, tienes dos opciones:

  • Interponer un recurso de reclamación.

  • Interponer un recurso de amparo.

Para saber cuál de los dos interponer, dependerá del tiempo que ha pasado desde que te notificaron la orden de expulsión. En los puntos siguientes te explico cómo funciona esto.

2. Procedimiento de expulsión del país

¿Cómo me deben notificar la expulsión?, ¿Qué pasa si no me encuentran en casa?, ¿Cuánto tiempo tengo para dejar el país una vez que me notifican? Estas son algunas de las preguntas que seguramente te estás haciendo sobre esta sanción, acá te contaré cómo es el procedimiento de expulsión del país.

2.1. ¿Cómo se me notifica la orden de expulsión del país?

La orden de expulsión del país tiene que ser notificada por escrito y de forma personal al afectado. La notificación la va a realizar la PDI (Policía de Investigaciones) y, una vez que se notifique, el extranjero y el funcionario de la PDI deberá firmar el Acta de Notificación donde queda prueba de que se notificó. A partir de este hito comienza a contar el tiempo para abandonar el país.

2.2. ¿Cuánto tiempo después de que se me notificó se realiza la expulsión?

Al firmar el acta de notificación también se indica la fecha y hora en que se notificó al extranjero de la orden de expulsión, y la expulsión misma se deberá realizar 24 horas desde la firma del acta.

Si el extranjero se niega a firmar el acta, se deja constancia de esto y se firmará por los funcionarios encargados de notificar. Las 24 horas contarán desde la firma de los funcionarios.

2.3 ¿Necesito un abogado para interponer un recurso contra la orden de expulsión?

Sí. Para defenderte de la orden de expulsión será necesario que cuentes con un abogado que te represente y arme tu caso.

3. Recurso de Reclamación

El recurso de reclamación es la primera opción que tendrás en el caso de que te notifiquen con una orden de expulsión.

Una vez que recibas la notificación, tienes que decirle al funcionario que te está notificando, que tienes la intención de defenderte de esta orden. Luego, tendrás que realizar este recurso de reclamación en conjunto con tu abogado dentro de las 24 horas desde que te notificaron.

3.1.¿En qué casos puedo interponer el Recurso de Reclamación?

Para ingresar este recurso de reclamación, existe el plazo especial de 24 horas desde que te notificaron de forma personal sobre el decreto de expulsión.

Una vez que presentes el recurso de reclamación, la expulsión quedará suspendida hasta que el tribunal falle sobre el recurso.

3.2. ¿Quiénes pueden interponer este recurso?

El recurso de reclamación solo podrán utilizarlo los extranjeros que sean titulares de un visado distinto a la visa de turismo.

Aquellos extranjeros que sean expulsadas en calidad de turistas, la decisión de realizar esta expulsión corresponde al Gobernador o al Intendente mediante una resolución que no se podrá reclamar.

3.3. ¿Qué pasa conmigo una vez que interpongo el recurso?

Como mencioné en el punto 3.1, una vez que presentes el recurso de reclamación el procedimiento de expulsión quedará suspendido hasta que el tribunal falle sobre el recurso.

Tú, como extranjero afectado que interpuso el recurso, estarás privado de libertad en un establecimiento mientras el tribunal falla el recurso.

3.4. ¿Qué factores se consideran al revisar el Recurso de Reclamación?

De un tiempo a esta parte el tribunal ha considerado varios puntos al decidir sobre el recurso de reclamación, estos puntos son:

  • Vínculo familiar: si el extranjero tiene vínculo familiar en Chile, como esposa, hijos, etc.

  • Tiempo de residencia: cuánto lleva viviendo en Chile.

  • Arraigo social y laboral: Si tiene trabajo, si se puede mantener sólo, si mantiene a otros, entre otros.

  • Legalidad al notificar la orden de expulsión: revisar si se notificó como debería.

3.5. ¿Cuál es la posibilidad de que acojan mi recurso y no sea expulsado del país?

De acuerdo con un artículo del diario El Mercurio, entre los años 2010 y 2015 se recibieron 47 recursos de reclamación y de estos se acogieron 11. Esto quiere decir que se acogió un 23,4% de los recursos presentados, algo así como uno de cada cuatro.

3.6. ¿Cuánto tiempo tomará la corte en decidir sobre mi recurso?

La corte falla estos recursos de forma breve y sumaria, y no demora más de 5 días en fallar, por lo que sabrás rápidamente cuál será la decisión de la corte.

4. Recurso de Amparo

Este recurso lo encontramos en la constitución y lo puede interponer cualquier persona que vea amenazada su libertad personal y seguridad individual, es por esto que el recurso de amparo se puede presentar en casos de expulsión.

4.1. ¿En qué casos puedo interponer el Recurso Amparo?

El recurso de amparo, a diferencia del recurso de reclamación que expliqué en el punto anterior, se debe presentar cuando han pasado semanas, meses o años desde que estás con decreto de expulsión.

O sea, se te notificó el decreto de expulsión y tú decidiste quedarte de forma irregular en el país. Es en estos casos que podrás presentar un recurso de amparo.

4.2. ¿Quién puede interponer este recurso?

Este recurso lo puede interponer toda persona, incluso puede interponerlo otra persona a nombre del extranjero afectado.

4.3. ¿Qué factores se consideran al revisar el Recurso Amparo?

Se consideran los siguientes factores:

  • Vínculo familiar: si el extranjero tiene vínculo familiar en Chile, como esposa, hijos, etc.

  • Tiempo de residencia: cuánto lleva viviendo en Chile

  • Arraigo social y laboral: Si tiene trabajo, si se puede mantener sólo, si mantiene a otros, entre otros.

4.4. ¿Tiene algún requisito el recurso amparo?

El recurso de amparo sólo tiene un requisito: No haber hecho uso de otra acción legal.

O sea, que si presentas un recurso de reclamación cuyo resultado no es el que esperabas, luego apelas este fallo y aún así confirman que deber abandonar el país, no podrás luego presentar un recurso de amparo.

La razón de lo anterior, es que el recurso de amparo tiene que ser el único recurso que presentes, no puedes haber presentado otros antes.

5. Preguntas frecuentes

Seguro tienes muchas preguntas sobre la expulsión del país y los recursos que puedes presentar si te encuentras en este caso. A continuación contestaré las preguntas más comunes realizadas por nuestros clientes.

5.1. ¿Puedo regularizarme si tengo una expulsión vigente y no he dado cumplimiento a la medida?

Si, existe la posibilidad de regularizar tu estadía, siempre y cuando sólo haya una medida de abandono y no una orden de expulsión.

5.2. ¿Qué es la medida de abandono?

La medida de abandono es la primera advertencia que se da en dos ocasiones:

  • Cuando el proceso para obtener un permiso de residencia en Chile, es rechazado

  • Cuando el permiso de residencia es revocado sin que se le otorgue una nueva visa

En estos casos se ordena el “abandono voluntario del país”. Ésta es una medida obligatoria, ya que si no abandona el país cuando se cumpla el plazo, se dictará el decreto de expulsión.

5.3. Si me expulsaron de otro país, ¿puedo entrar a Chile con visa de turista?

La decisión de dejar entrar a un extranjero que fue expulsado de otro país queda a decisión del funcionario de la PDI que esté viendo el caso. El funcionario podría decidir no dejar entrar al extranjero a Chile o podría decidir dejarlo entrar.

5.4. Si cometo un delito en Chile, ¿me van a expulsar del país?

Si cometiste un delito, además de la sanción penal en tu contra, eventualmente el Departamento de Extranjería puede dictar una orden de expulsión del país, una vez que cumplas tu condena en Chile.

Ahora, han habido casos en que extranjeros han cumplido su condena penal y el decreto de expulsión se demora tanto en llegar que el afectado ya se encuentra reincorporado laboral y socialmente (o sea, tiene trabajo, volvió a vivir con su familia, etc.).

En estos casos habría que interponer un recurso de reclamación y lo más probable es que pueda seguir en el país dado que cumpliría con varios de los requisitos.

5.5. Si me expulsan del país ¿Me pagan un pasaje para que salga?

No, el pasaje tiene que ser pagado por el extranjero que está siendo expulsado del país.



Conclusiones

Espero que te haya gustado este artículo sobre qué es y cómo funciona la expulsión de nuestro país (Chile). Sin duda es un proceso bastante complejo para quien está pasando por él, y requerirá de toda la asistencia profesional necesaria.

Recuerda que durante 2021 han cambiado muchas cosas con respecto a estos procedimientos, gracias a la reforma migratoria. Mi consejo, como siempre, es que te hagas asesorar por un(a) especialista en la materia que mantenga sus conocimientos actualizados. Así también, presta atención a las actualizaciones que se esperan con la reforma, las que estaremos cubriendo aquí en MisAbogados.


Contenido escrito y editado por: Fernanda Correa González - Abogada especialista en extranjería y migraciones.