¿Cómo se calcula la indemnización en el autodespido?

Escrito por Juan José Rentería | Publicado el 16 de marzo 2016 | Derecho laboral

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Fecha de última edición: 10 de febrero 2021

Probablemente como trabajador, sepas qué indemnizaciones te corresponden si te despiden, cuál es el monto que te corresponde como eventual finiquito y cuándo no aplican estos valores en otras situaciones. Sin embargo, una duda común que solemos recibir entre nuestros clientes tiene que ver con qué pasa en el caso del autodespido o renuncia voluntaria.

Si tienes problemas con este tema u otro similar, escríbenos aquí. y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.

También podría interesarte: ¿Qué es y cómo se lleva a cabo un autodespido? y ¿Cuáles son las causales de autodespido?.

¿Qué es el auto despido?

El autodespido o también llamado despido indirecto, es aquel en el cual tú, como trabajador, pones término a la relación laboral de manera unilateral. Esto con motivo de que tu empleador ha incumplido alguna de las causales de término del contrato de trabajo que le son imputables, lo que hace imposible que puedas continuar normalmente con tus labores de servicio.

¿Por qué existe esta figura?

Esta figura se incorpora a nuestra legislación como una forma de proteger al trabajador, ya que podrás poner fin a tus funciones pero obtener las indemnizaciones que te corresponden.

¿Cuáles son los requisitos del auto despido?

Para que puedas auto despedirte deben ocurrir los siguientes requisitos:

¿Cómo se calculan las indemnizaciones por auto despido?

Para explicarte cómo se calculan las indemnizaciones en este caso, es necesario que sepas cómo debes hacer válido tu auto despido. Para esto, una vez que se verifiquen los requisitos, debes acudir ante un Juez del trabajo para que acoja tu reclamo.

Si lo acoge, tu empleador deberá pagarte la indemnización sustitutiva del aviso previo más la indemnización por los años de servicio (si corresponde que tuvieras dicha antigüedad laboral).

La indemnización sustitutiva del aviso previo es equivalente a la última remuneración mensual devengada, está establecida en el artículo 162 inciso cuarto del Código del Trabajo.

La indemnización por años de servicio legal es la comúnmente conocida (1 mes por año de servicio).

Y en el caso del auto despido, deberá aumentarse de la siguiente forma:

  • En un 50% en caso de que el empleador incurra en la causal del número 7 del artículo 160 (incumplimiento grave del contrato), o
  • Hasta en un 80% en caso de que el empleador incurra en las causales de los números 1 y 5 del mismo artículo (conductas indebidas de carácter grave o actos, omisiones o imprudencias temerarias).

Punto aparte son los días de vacaciones acumulados, que también corresponderán a tu finiquito en cuestión.

¿Cómo se calculan las indemnizaciones por renuncia voluntaria?

Como hemos visto en otros artículos, es posible que tu auto despido no se acoja, por distintos motivos.

En tal caso, se considerará que tu salida de la empresa es una simple renuncia voluntaria. 

Ya sea que éste fuese tu caso, o estás renunciando voluntariamente de forma directa, la indemnización no corresponde bajo ningún concepto.

En estos casos, lo que verás en tu eventual finiquito corresponde solamente a tus días de vacaciones acumulados y algún otro ítem que puedas tener vía convenio o negociación colectiva.

¿Qué pasa si mi empleador no cumple con la indemnización?

Si tu empleador no paga de manera oportuna, o no lo hace íntegramente, esto constituye una falta grave y podrás aplicar los derechos que te da el artículo 171 del Código del trabajo para cobrar lo adeudado.

Si tienes problemas con este tema u otro similar, escríbenos aquí. y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.


autor Juan José Rentería
Por Juan José Rentería
Abogado UDP. Gerente General de MisAbogados

Diplomado en Derecho Laboral el 2011 en la Universidad Diego Portales, se desempeñó 4 años como Gerente Legal para Groupon Latinoamérica, donde coordinó los equipos de Argentina, Perú, Colombia, Puerto Rico, México, Panamá y Chile, supervisando todos los requerimientos legales en la región junto a las firmas de abogados externas y el equipo legal interno. Juan José cuenta con amplia experiencia en negociación de contratos con anunciantes y proveedores de diversos servicios en Latino América, como también en Desarrollo de políticas de RRHH, asesoría a niveles ejecutivos, redacción de documentos claves y soluciones legales a nivel regional. Desde el 2014 hasta la actualidad es Co-Fundador, Gerente General y Abogado Jefe de MisAbogados.

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