¿Qué tipos de infracciones a la ley de tránsito existen?

Escrito por Consuelo Cerda | Publicado el 24 de noviembre 2014 | Ley de tránsito

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Fecha de última edición: 12 de julio 2022

La Ley de Tránsito clasifica todos los tipos de infracciones en: faltas gravísimas, faltas graves, faltas menos graves y faltas leves. A continuación revisa el listado de cada una de las infracciones de tránsito.

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¿Cuáles son las faltas gravísimas a la ley de tránsito?

  • Conducir bajo la influencia del alcohol.
  • Conducir vehículo bajo influencia drogas o estupefacientes.
  • No respetar señal Pare.
  • No respetar la luz roja del semáforo.
  • Conducir vehículo a mayor velocidad de la máxima legal permitida.
  • Conducir sin haber obtenido licencia de conducir.

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Faltas graves a la ley de tránsito

  • Conducir un vehículo en condiciones físicas deficientes.
  • Conducir un vehículo en condiciones psíquicas deficientes.
  • Revisión Técnica vencida o rechazada.
  • Sobrepasar a otro vehículo por berma.
  • Conducir con una licencia distinta a la que corresponde, salvo que se requiera licencia profesional.
  • Sobrepasar o adelantar en puente, viaducto, túnel o cruce de ferrocarril, o al aproximarse a cualquiera de estos lugares desde una distancia de 200 metros o al llegar a la cima de una cuesta, en un paso para peatones, en un cruce no regulado, o sobrepasar por la berma.
  • Adelantar vehículo en curva, puente, túnel, paso bajo y sobre nivel.
  • Entregar el dueño o tenedor manejo de vehículo a persona que no cumpla con los requisitos para conducir.
  • Conducir vehículo sin placa patente.
  • Desobedecer señal u orden de tránsito de un integrante de Carabineros.

Faltas menos graves a la ley de tránsito

  • Estacionar al costado izquierdo, sobre la vereda, bandejón, o lugar que sea el señalado como falta grave.
  • Conducir vehículo marcha atrás.
  • Conducir con exceso de carga o pasajeros.
  • Conducir un vehículo usando indebidamente luces.
  • No cumplir o respetar normas para vehículos de emergencia que le dan preferencia.
  • No hacer señales debidas antes de virar.
  • Efectuar viraje en U en la intersección de calles y caminos, en los pasos de peatones, a menos de 200 metros de curvas, simas o gradiente, cruces ferroviarios, puentes viaductos y túneles y donde la señalización lo prohíba.
  • Conducir un vehículo sin silenciador o con tubo de escape en mal estado o con salida anti-reglamentaria.
  • No llevar un vehículo limpia parabrisas y espejo interior y uno de carga, y espejos laterales.
  • Destinar y mantener en circulación un vehículo de servicio público de pasajeros o de carga que no cumpla los requisitos establecidos por la ley, el reglamento o aquellas normas que dicte el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

¿Cuáles son faltas consideradas leves¿

Toda otra infracción a normas de la ley de tránsito no contempladas anteriormente como faltas gravísimas, graves y menos graves, es de carácter leve.

Rangos de falta para exceso de velocidad

Se establecen 3 rangos para los excesos de velocidad en nuestra regulación:

  • Gravísima: más de 20 km/h sobre el límite máximo de velocidad
  • Graves: entre 11 y 20 km/h sobre el límite máximo de velocidad
  • Menos Graves: hasta 10 km/h sobre el límite máximo de velocidad

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autor Consuelo Cerda
Por Consuelo Cerda
Abogada especialista en Policía Local

Abogada UNAB experta en Policía local y especializada en legislación laboral comparada en la Universidad de Jaén, España. En 2014 fue procuradora en Fiscalía del Banco Bice. Durante 2016 trabajó en la Clínica Jurídica de la Universidad Andrés Bello. Trabajó en 2017 en la Corporación de Asistencia Judicial del Biobío en la sección penal infraccional. Desde 2018 es parte de MisAbogados, se desempeña como abogada asesora, dando asistencia a clientes con distintas dudas jurídicas y tramitando casos en Policía Local.

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