Deuda en el pago del arriendo

Escrito por Raimundo Valdivieso | Publicado el 19 de diciembre 2014 | Ley de arriendo

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Fecha de última edición: 6 de enero 2021

En caso que exista una deuda en el pago del arriendo, la ley de arriendo faculta al arrendador a entablar un juicio contra quien se encuentra arrendando la propiedad si no le ha pagado el arriendo. Le recomendamos siempre firmar un contrato de arriendo para que las condiciones queden claras desde que comienza el arrendamiento.

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¿En qué consiste el juicio por deuda de arriendo?

El juicio que se sigue a causa de una demanda interpuesta por no pago del arriendo es verbal, pero las partes podrán presentar minutas escritas al juez relatando los hechos y haciendo sus peticiones para que así quede todo más claro.

Los juicios deben ser rápidos. La primera audiencia debe ser máximo cinco días hábiles después de la notificación de juicio. En esa primera audiencia ambas partes deben relatar los hechos, presentar pruebas y tratar de lograr un acuerdo. Si el demandado no puede presentar pruebas de inmediato, lo puede hacer en una nueva audiencia que debe hacerse dentro de máximo cinco días. Luego de eso, el juez tiene un plazo de diez días para dictar sentencia.

¿Cuántos meses de morosidad deben pasar antes de interponer una demanda por deuda en el pago del arriendo?

Para interponer una demanda por deuda en el pago del arriendo, basta que haya un período entero de mora, o sea, si el pago del arriendo es mensual, basta con un mes sin que se haya pagado. Lo anterior dependerá de los establecido en el contrato de arriendo.

¿Qué necesito para presentar la demanda por deuda en pago del arriendo?

Para presentar una demanda por deuda en el pago del arriendo, el demandante debe primero fijar qué elementos usará para probar la morosidad del arrendatario. Si usa testigos para probar, éstos no pueden ser más de cuatro, cuyos nombres deben estar incluidos en la demanda.

¿Necesito un abogado para interponer una demanda por deuda en el pago del arriendo?

No se necesita un abogado para interponer una demanda por deuda en el pago del arriendo si el monto del arriendo es inferior a 4 UTM. Para montos superiores se requiere la representación de un abogado. La demanda tiene que ser presentada ante los Juzgados Civiles.

¿Es posible llegar a un acuerdo con el demandado?

Durante el juicio el juez llamará a las partes a un avenimiento, esto es, un acuerdo y si no se logra, el juez pedirá las pruebas para él decidir y dictar una sentencia.

¿Puedo solicitar que el arrendatario moroso abandone la propiedad o la vivienda?

Al momento de presentar la demanda por deuda en el pago del arriendo se puede solicitar que el arrendatario que no ha pagado abandone el lugar, para lo cual tiene un plazo máximo de dos meses. Se puede extender ese plazo, con el criterio de un mes por cada año de arriendo, con un tope de seis meses.

¿Se puede exigir a un arrendatario con deuda en el pago del arriendo el pago de cuentas de servicios (luz, agua, gastos comunes y otros)?

Sí, el arrendatario con deuda en el pago del arriendo debe pagar todas las cuentas morosas incluso en el período en que dure el juicio, hasta que se pague todo lo adeudado o se entregue la propiedad al arrendador. El arrendador además puede notificar a las compañías de que hay una demanda por deuda en el pago del arriendo en curso, por lo que el demandado queda como único responsable del pago de las cuentas.

Sí el deudor es obligado a pagar debe hacerlo con intereses por el atraso, el interés será la variación de la UF entre la fecha en que el pago debió hacerse y la fecha en que efectivamente se hizo.

¿Puedo solicitar que el arrendatario moroso abandone la propiedad o vivienda?

Finalizado el juicio por deuda en el pago del arriendo, el juez puede dictar como sentencia que el arrendatario entregue la propiedad en un plazo máximo (contando solicitudes de prórroga) de quince días. Si llegado el día el arrendatario no ha entregado la propiedad, el juez puede ordenar el lanzamiento, que debe ser apoyado por la fuerza pública. También es posible que el juez declare que la demanda no tiene lugar. En ese caso no se puede presentar una nueva demanda hasta seis meses después, a menos que hayan ocurrido nuevos hechos.

Acá puedes revisar un video del Poder Judicial que explica cómo funciona el juicio a un arrendatario moroso.

Además te dejamos una info-grafía en la que podrás ver el paso a paso:

Juicio por deuda de arriendo.

Si deseas poner término a tu contrato de arriendo y no sabes qué hacer al respecto, escríbenos aquí y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.


autor Raimundo Valdivieso
Por Raimundo Valdivieso
Abogado UDP - Master Business Law y Experto Civil

Titulado con distinción de la Universidad Diego Portales, en Santiago de Chile. Trabajó en Caglevic, Delgado, Ramírez & Feres Abogados (CDR Abogados), Toro Cruzat y Cía (TyC Abogados) -ahora llamado Sandoval, Seoane y Compañía- y Acevedo, Allende y Mujica (AAM Abogados) en las áreas de Derecho Corporativo, Civil e Inmobiliario. Parte del Curso Extensivo de Derecho Inmobiliario y Urbanístico de la Universidad del Desarrollo y Master of Business Law (MBL) de la Universidad Adolfo Ibáñez. Dentro de los cursos realizados en el MBL se encuentra: Entorno económico (macroeconomía); estructura jurídica (sociedades); tributación corporativa; finanzas corporativas y contabilidad financiera; estructura laboral; adquisición de empresas (m&a); microeconomía; ética de los negocios; libre competencia; empresas reguladas, derecho del consumidor; competencia desleal; propiedad intelectual (derechos de autor y propiedad industrial); comercio exterior y compraventa internacional. Desde 2016 es abogado y asesor estratégico de Misabogados.com Raimundo disfruta de andar en bicicleta, snowboard, kitesurfing, trekking y viajar.

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