¿Termina el contrato de arriendo si muere el arrendatario?

Escrito por Raimundo Valdivieso | Publicado el 05 de agosto 2016 | Ley de arriendo

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Fecha de última edición: 10 de marzo 2021

El contrato de arrendamiento es uno de los más comunes en nuestra sociedad. Es por eso que es importante que lo conozcas, ya que lo más probable es que en algún momento de tu vida suscribas un arrendamiento.

En el siguiente artículo te explicaré cuáles son las causales de término del arrendamiento, cómo termina el contrato de arrendamiento y qué pasa si muere el arrendador; entre otras cosas.

Si deseas poner término a tu contrato de arriendo y no sabes qué hacer al respecto, escríbenos aquí y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.

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¿Qué pasa si muere el arrendatario?

La muerte del arrendatario no extingue el arrendamiento, ya que los herederos del arrrendatario deben cumplir con la obligación de pagar la renta debida, y posterior a esto se puede dar termino al contrato.

¿Cómo termina el contrato de arrendamiento?

El contrato de arrendamiento puedes terminarlo por expiración del tiempo estipulado o por una sentencia judicial.

En relación a la expiración del plazo, debemos hacer distinguir. En el primer caso es que tenemos un contrato a plazo fijo, el contrato se extingue por el solo transcurso del plazo, lo que da origen a la denominada acción de restitución por expiración del plazo.

Por su parte, en los contratos de plazo indeterminado y en los que el plazo se ha pactado mes a mes, previamente debemos hacer un “desahucio”, que consiste en una comunicación que hace el arrendador al arrendatario, indicándole su intención de poner término al contrato.

El contrato de arrendamiento también puede terminar mediante una sentencia judicial, en aquellos casos que la ley señala, tales como, juicio de término de contrato por no pago de rentas, restitución de la propiedad por expiración del tiempo señalado en el contrato, entre otras.

¿Qué pasa si muere el arrendador?

Tampoco termina el arrendamiento, en estos casos deberás seguir pagando el arriendo pero ahora a los herederos del arrendador, esto tienes que tenerlo muy claro para que no se ocasionen confusiones.

Si deseas poner término a tu contrato de arriendo y no sabes qué hacer al respecto, escríbenos aquí y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.


autor Raimundo Valdivieso
Por Raimundo Valdivieso
Abogado UDP - Master Business Law y Experto Civil

Titulado con distinción de la Universidad Diego Portales, en Santiago de Chile. Trabajó en Caglevic, Delgado, Ramírez & Feres Abogados (CDR Abogados), Toro Cruzat y Cía (TyC Abogados) -ahora llamado Sandoval, Seoane y Compañía- y Acevedo, Allende y Mujica (AAM Abogados) en las áreas de Derecho Corporativo, Civil e Inmobiliario. Parte del Curso Extensivo de Derecho Inmobiliario y Urbanístico de la Universidad del Desarrollo y Master of Business Law (MBL) de la Universidad Adolfo Ibáñez. Dentro de los cursos realizados en el MBL se encuentra: Entorno económico (macroeconomía); estructura jurídica (sociedades); tributación corporativa; finanzas corporativas y contabilidad financiera; estructura laboral; adquisición de empresas (m&a); microeconomía; ética de los negocios; libre competencia; empresas reguladas, derecho del consumidor; competencia desleal; propiedad intelectual (derechos de autor y propiedad industrial); comercio exterior y compraventa internacional. Desde 2016 es abogado y asesor estratégico de Misabogados.com Raimundo disfruta de andar en bicicleta, snowboard, kitesurfing, trekking y viajar.

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