¿Por qué debo hacer una retasación de propiedades?

Escrito por Daniel Lamadrid | Publicado el 06 de mayo 2016 | Derecho inmobiliario

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Fecha de última edición: 17 de agosto 2021

Con la Reforma Tributaria de septiembre del 2014, se establece que a partir del 2017 la venta de inmuebles que generen ganancias superiores a las UF 8.000 deberán pagar impuesto. Si la ganancia es menor a esta cantidad, quedará registrada y se sumarán a las ganancias obtenidas en una nueva operación, ya que el tope de UF 8.000 no se limita para la venta de una sola vivienda, sino que se acumula durante todas las ventas que realice la persona. Al alcanzar UF 8.000 o más, se deberá pagar el impuesto.

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¿Quiénes deben retasar sus inmuebles?

Las viviendas que pueden ser retasadas son aquellas adquiridas entre el 1 de enero de 2004 y el 29 de septiembre de 2014, ya que las adquiridas con anterioridad al 2004 se rigen por la normativa que no considera la ganancia de la venta como ingreso de renta, por lo tanto no tendrán problema alguno.

De acuerdo a esto, es conveniente que tasen e informen el valor comercial de sus propiedades todos contribuyentes que sean persona natural con domicilio o residencia en Chile que:

  1. No se encuentren sujetos al Impuesto de Primera Categoría.
  2. Declaren su renta efectiva.
  3. Hayan adquirido el bien a partir del 01-01-2004. 

¿Cómo retasar mi propiedad?

Para retasar tu propiedad debes contactar a un tasador. Una vez hecho esto, tendrás que presentar un formulario al Servicio de Impuestos Internos (SII) para registrar el nuevo valor comercial de tu propiedad. Esto tiene otro costo de aproximadamente 2 UF más.

¿Quiénes pagan impuesto con la Reforma Tributaria?

Las personas que compraron una propiedad desde el 2004 y que al venderlas, acumule una utilidad superior a 8.000 UF por una o varias propiedades vendidas y retasar es una opción para disminuir la utilidad fina

¿Cómo y cuánto pagaré por impuesto?

El impuesto a pagar será un fijo del 10% de la utilidad de la venta. Otra opción es que el impuesto se determine de acuerdo al tramo de impuesto en el que esté la persona. Para pagarlo, la utilidad se agrega a la declaración de impuesto anual en el global complementario y en ese momento se puede efectuar el pago.

¿Cuál es la ventaja de retasar los inmuebles que haya adquirido entre 2004 y el 2014?

Al retasar las propiedades los contribuyentes:

  • Reflejan en su valor de adquisición el valor de mercado de sus propiedades, permitiendo disminuir la carga tributaria al momento de venderlas y evitar el pago del impuesto si una de ellas supera las 8.000 UF.
  • La ventaja es que al momento de vender la propiedad en cuestión (a contar del 1° de enero de 2017), el contribuyente podrá deducir del precio de la venta el valor de mercado de la propiedad al 29-09-2014, y no el valor pagado cuando el contribuyente adquirió el inmueble como sería la regla general.
  • Es decir, si compraste un departamento en 2006, que costó 2000 UF, y lo vendes el año 2050 por 12 mil UF, el SII va a calcular el precio de venta (12 mil UF), le va a restar el precio de compra (dos mil UF), y dirá que ganaste 10 mil UF. Con la retasación de propiedades, las primeras ocho mil UF estarán libres de impuesto y no deberás pagar nada por eso. Te quedará una ganancia de dos mil UF a las que se le aplicará el impuesto del 10%, es decir, tendrás que pagarle al fisco $5 millones (a UF de hoy).

¿Hasta cuándo puedo retasar mi propiedad?

Hasta el próximo 30 de junio puedes modificar la tasación de las propiedades que hayas adquirido desde el 2004 a diciembre del año 2014.

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autor Daniel Lamadrid
Por Daniel Lamadrid
Abogado UDP, experto Inmobiliario y Migratorio

Se desempeñó como procurador jurídico en Holding Komatsu Cummins, dentro de sus funciones estaba ser redactor y revisor de los contratos comerciales de las empresas del Holding, así como el encargado del análisis de las sociedades relacionadas. Desde 2016 pertenece al equipo de MisAbogados.com, dedicándose específicamente al Derecho Inmobiliario, con algunas apariciones en prensa nacional. Además, a partir del 2018 está a cargo del área de Post-venta, supervisando a los abogados asociados a nuestra red.

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