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Los 5 errores más comunes que los socios cometen al constituir una empresa

Escrito por Juan José Rentería | Publicado el 28 de mayo 2018 | Sociedades y empresas

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Fecha de última edición: 25 de noviembre 2022

La constitución de una empresa en Chile puede fallar si sus socios no son claros en cuanto a sus responsabilidades sociales desde el inicio, o bien no son prolijos durante los trámites legales que este proceso conlleva. En el siguiente artículo te explicaré los 5 errores más comunes a la hora de constituir una empresa.

Si estás pensando en constituir una empresa y tienes problemas al respecto, escríbenos aquí y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.

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1. Sus diferencias de opinión demoran la escritura

Redactar la escritura que dará vida a la empresa puede ser rápido y fácil si es una estructura societaria simple, o bien demorar un poco más si se trata de una sociedad más compleja.

No obstante, el proceso puede volverse engorroso si no hay acuerdos entre los socios, aún contando con una asesoría legal especializada. Basta que un socio no esté de acuerdo para ponerla en pausa.

Por la misma razón es que desde el consejo editorial de MisAbogados, y desde los equipos de asesoría temprana hacia emprendedores, se aconseja a los futuros socios destinar un tiempo razonable a esta etapa del proceso, con el apoyo de un abogado. En particular, se recomienda suponer conflictos y situaciones por muy poco probables que parezcan y definir las participaciones y actividades de cada socio, para así evitar potenciales vacíos que sean perjudiciales en el futuro.

Igualmente, estudiar a fondo el tipo de sociedad que desean constituir, dado que hay una amplia variedad de ellas en el ordenamiento legal chileno.

2. Discuten por quién paga los gastos de constitución

La CCS también precisa que los costos asociados a la redacción y legalización de la escritura ante notario, puede generar problemas o desavenencias entre las partes.

Los gastos del abogado y de la notaría dependerán del tipo de sociedad, la complejidad de la misma y de su capital inicial. Asimismo, si todos los socios deciden prorratear de forma equitativa estos gastos, deberán decidir el formato de entrega más idóneo de estos fondos.

3. Dejan para último la elección del Representante Legal

La figura del Representante Legal toma protagonismo cuando se realiza la inscripción de la nueva empresa ante el Registro de Comercio en la oficina del Conservador de Bienes Raíces correspondientes al domicilio de la sociedad.

No obstante su relevancia, muchas veces los socios dejan este paso para el último; eligiendo la persona contra el tiempo.

Los socios seleccionan alguien entre ellos o un tercero que cumpla este papel. Independientemente del cómo, los socios deben asegurarse de que esta persona cumpla con los requisitos legales mínimos y que sea una persona confiable, dado que representará la toma de decisiones y será responsable legalmente en materia tributaria y judicial.

Es quien también podrá efectuar todos los trámites de constitución de empresa posteriores a su registro comercial, como publicación en el Diario Oficial, Inicio de Actividades, y la emisión y firma de Documentos Tributarios, Legalización como Contribuyente ante el SII, y la solicitud de los permisos para obtener la Patente Comercial.

Asimismo, estará a cargo de temas operativos como los trámites básicos establecidos bajo el Código del Trabajo, la Inscripción de la Marca, Trámites Bancarios, entre otros.

4. No asignan responsabilidades según capital aportado

Es el error más común que cometen los socios de una nueva empresa. Qué responsabilidad comercial o civil tendrá cada socio en la sociedad. Que un socio aporte más o menos capital no significa que tenga derechos o deberes diferentes, necesariamente. Este último punto es de especial importancia cuando la representación funciona a través de acciones.

Si bien la escritura pública de la empresa definirá las responsabilidades sociales de cada miembro, es conveniente realizar un escrito notariado adicional que profundice esta asignación de derechos y deberes. Sobre todo cuando ocurran situaciones como:

  • Muerte, enfermedad o accidente invalidante de un socio
  • Fraude o robo cometido por un socio
  • Retiro de un socio
  • Ingreso de nuevo socio
  • Disolución de la sociedad por mutuo acuerdo
  • Sobreendeudamiento que resulte en la reorganización o quiebra de la empresa

5. Olvidan registrar la marca

La marca comercial de un producto o servicio le da derecho exclusivo y excluyente a su dueño para utilizarla. Al no hacer este trámite, los socios están dejando en manos de terceros posibles usos y abusos, cuyos efectos legales sufrirán ellos después; registrar la marca comercial otorga protección jurídica, explica el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI).

Si tienes dudas respecto a este tema u otro similar, escríbenos aquí y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.


autor Juan José Rentería
Por Juan José Rentería
Abogado UDP. Gerente General de MisAbogados

Diplomado en Derecho Laboral el 2011 en la Universidad Diego Portales, se desempeñó 4 años como Gerente Legal para Groupon Latinoamérica, donde coordinó los equipos de Argentina, Perú, Colombia, Puerto Rico, México, Panamá y Chile, supervisando todos los requerimientos legales en la región junto a las firmas de abogados externas y el equipo legal interno. Juan José cuenta con amplia experiencia en negociación de contratos con anunciantes y proveedores de diversos servicios en Latino América, como también en Desarrollo de políticas de RRHH, asesoría a niveles ejecutivos, redacción de documentos claves y soluciones legales a nivel regional. Desde el 2014 hasta la actualidad es Co-Fundador, Gerente General y Abogado Jefe de MisAbogados.

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