¿Por qué hacer un testamento?

Escrito por Raimundo Valdivieso | Publicado el 19 de febrero 2016 | Herencias

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Fecha de última edición: 13 de enero 2021

Sin duda es importante pensar lo que pasará con nuestros bienes una vez que hayamos fallecido. Y aunque la ley dispone una orden para que tus parientes reciban los bienes de los que hayas dispuesto, el testamento es una forma para que seas tú quien disponga a quién le correspondes tus bienes.

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¿Qué es un testamento?

El testamento es un acto por el cual un testador dispone de todo o parte de sus bienes para que sean heredados después de que fallezca. Hay varios tipos de testamentos:

  • Solemne: es el mas común, se hace ante testigos mayores de 18 años y escrito.
  • Menos solemne: este tipo de testamento se da generalmente en casos en que la vida del testador se encuentra en peligro inminente. Hay tres tipos de testamentos menos solemnes: el verbal, el militar y el marítimo.

¿Quiénes pueden hacer un testamento?

En el caso de que quieras dejar un testamento puedes hacerlo, ya que según la ley, todas las personas son capaces de testar, solo no podrás hacerlo en alguno de estos casos:

  • Impúber, hombre menor de 14 años y mujer menor de 12 años.
  • Si al momento de otorgar el testamento estas privado de razón, por ejemplo, bajo la influencia del alcohol.
  • Interdicto por demencia declarado por un tribunal.
  • Si no puedes manifestar claramente tu voluntad, por ejemplo, el sordomudo que no se puede dar a entender.

¿A quién puedo dejar mis bienes?

Si aun no decides si hacer testamento o no, debes tener en cuenta a quién podrás dejar tus bienes.

De manera simple, te diremos que 50% de tus bienes debes dejarlo a los herederos forzosos, estos son el cónyuge, los descendientes o ascendientes, el 25% siguientes debes usarlo para mejorar la parte de alguno de los herederos anteriores, y el 25% restante es de libre disposición, es decir, puedes dejarlo a quien quieras.

¿Cuál es la diferencia si no hago testamento?

Si decides no hacer un testamento, las principales diferencias son, en primer lugar, que se seguirá el orden establecido en el código civil y no tendrás un 25% de libre disposición. Además de eso, el testamento no sirve solamente para dejar bienes, sino que para realizar declaraciones.

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autor Raimundo Valdivieso
Por Raimundo Valdivieso
Abogado UDP - Master Business Law y Experto Civil

Titulado con distinción de la Universidad Diego Portales, en Santiago de Chile. Trabajó en Caglevic, Delgado, Ramírez & Feres Abogados (CDR Abogados), Toro Cruzat y Cía (TyC Abogados) -ahora llamado Sandoval, Seoane y Compañía- y Acevedo, Allende y Mujica (AAM Abogados) en las áreas de Derecho Corporativo, Civil e Inmobiliario. Parte del Curso Extensivo de Derecho Inmobiliario y Urbanístico de la Universidad del Desarrollo y Master of Business Law (MBL) de la Universidad Adolfo Ibáñez. Dentro de los cursos realizados en el MBL se encuentra: Entorno económico (macroeconomía); estructura jurídica (sociedades); tributación corporativa; finanzas corporativas y contabilidad financiera; estructura laboral; adquisición de empresas (m&a); microeconomía; ética de los negocios; libre competencia; empresas reguladas, derecho del consumidor; competencia desleal; propiedad intelectual (derechos de autor y propiedad industrial); comercio exterior y compraventa internacional. Desde 2016 es abogado y asesor estratégico de Misabogados.com Raimundo disfruta de andar en bicicleta, snowboard, kitesurfing, trekking y viajar.

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