El subsidio familiar es una ayuda que brinda el Estado a las familias que no alcanzan a cubrir sus gastos.
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¿Qué es el subsidio familiar?
El subsidio familiar o Subsidio Único Familiar (SUF), es un sustento que brinda el Estado a las familias de escasos recursos que no pueden acceder al beneficio de Asignación Familiar o Maternal, porque no son trabajadores afiliados a un sistema previsional.
¿Cuál es el monto del subsidio familiar?
El monto del subsidio familiar es de $12.364 por carga familiar. No obstante, el monto que generan los causantes inválidos será por $24.728, es decir, el doble.
¿Quiénes pueden solicitar el subsidio familiar?
Podrán solicitar el subsidio familiar todas aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación, en el siguiente orden:
- La madre.
- En su defecto, el padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo el menor.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual que vivan a sus expensas (de cualquier edad).
Las personas que dan derecho a percibir el Subsidio Familiar (causantes) pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.
¿Con qué es incompatible el subsidio familiar?
- Los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares (asignaciones familiares).
- El goce de la Pensión Básica Solidaria (PBS).
- El subsidio de discapacidad mental.
El Subsidio Familiar pertenece al Sistema de Prestaciones Familiares.
¿Cómo puedo solicitar el subsidio familiar?
Para solicitar el subsidio, tendrás que acudir a tu municipalidad. Una vez allí, te solicitarán los siguientes documentos:
- Certificado de nacimiento del menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad, de la madre que desee postular al subsidio maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- Las mujeres embarazadas deberán presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- En el caso de los menores de edad (siempre y cuando corresponda), se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
Si tienes mas dudas respecto al subsidio familiar o algún otro beneficio, puedes consultarnos aquí para que un abogado de nuestro equipo te oriente de inmediato.