Todo sobre la Compensación económica en el Divorcio

Escrito por Nicole Castillo | Publicado el 17 de diciembre 2014 | Derecho de Familia

Mujer alejándose de su ex marido
Fecha de última edición: 10 de junio 2022

En este artículo abordaremos todos los temas relevantes sobre la compensación económica en el derecho de Chile y cómo solicitarla durante el proceso de un divorcio.

Dividiremos esta guía legal en las siguientes temáticas, para darle una cobertura extensa a este tópico:

  • Qué es la compensación económica según la ley de Chile.
  • Quién puede solicitar compensación económica.
  • Cuáles son los requisitos y posibles escenarios para solicitarla, y
  • Cuáles son los criterios legales que se usan para calcular el monto de la compensación.
  • Cómo se extingue la compensación, y por último
  • Cómo debe pagarse la compensación económica y cuáles son los apremios en caso de que exista incumplimiento.

Si tienes dudas sobre este asunto, recuerda que siempre nos puedes dejar un mensaje en nuestros puntos de contacto. Un abogado de familia especializado te ayudará.

¿Qué es la compensación económica?

La compensación económica está regulada en la Ley N° 19.947 de Matrimonio Civil.

El artículo 61 de esta ley se refiere a la compensación económica en los siguientes términos:

“Si, como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería, tendrá derecho a que, cuando se produzca el divorcio o se declare la nulidad del matrimonio, se le compense el menoscabo económico sufrido por esta causa.”

Es decir, la compensación económica es el derecho que tiene aquel cónyuge que, a consecuencia del matrimonio, se dedicó a labores de cuidado del hogar e hijos, no pudiendo así desarrollar plenamente una actividad remunerada.

Por ende, la compensación económica viene a enmendar el menoscabo económico que le ha producido el divorcio al cónyuge afectado.

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¿Quién puede solicitar compensación económica?

La compensación económica la puede solicitar aquél cónyuge que durante el matrimonio no trabajó remuneradamente, o trabajó menos de lo que podía y quería, por dedicarse al cuidado de los hijos o a las labores del hogar común.

Requisitos para solicitar la compensación económica

Quien demanda la compensación económica debe cumplir con los siguientes requisitos y escenarios:

  • Dedicación exclusiva o preferente de dicho cónyuge al cuidado de los hijos o labores del hogar. Acá hay que tener presente que las causas de haber decidido dedicarse al hogar común e hijos son indiferentes. Es decir, no importa si fue un acuerdo entre ambos o una obligación impuesta por el otro cónyuge.
  • Que por esa dedicación no haya desarrollado una actividad remunerada no lucrativa o la haya hecho en menor medida. En este caso, la dedicación pudo haber sido exclusiva o parcial, caso en el cual la compensación económica será menor o mayor. Además, la dedicación debe haber impedido el desarrollo de la persona, es decir, debe existir una real posibilidad de desarrollo profesional.
  • La existencia de un menoscabo a causa del divorcio. Esto es lo más importante para que haya compensación. Si quien la demanda no queda en una situación económica peor que la que tenía mientras estuvo casada, no tendrá derecho a pedir compensación.

Criterios para solicitar y determinar el monto de la compensación económica

Para acceder o solicitar compensación económica junto con el divorcio, es sumamente importante que alguno de los siguientes escenarios se hayan presentado durante la vida en común:

  • Duración del matrimonio y la vida en común: es un elemento fundamental y es el primero que se mira para cuantificar la compensación económica.
  • Situación patrimonial de ambos: la situación patrimonial del acreedor de la compensación es determinante a la hora de determinar la cuantía
  • La buena o mala fe.
  • La edad y estado de salud del cónyuge beneficiario.
  • La situación en materia de beneficios previsionales o de salud. Es un criterio relevante ya que, por ejemplo, si la persona se dedicó solo al hogar y nunca trabajó, entonces nunca tuvo cotizaciones previsionales.
  • La cualificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral. No es indiferente que demande la compensación un profesional con acceso al mercado laboral, por ejemplo.
  • La colaboración que hubiere prestado a las actividades lucrativas del otro cónyuge. Se refiere a si quien pide la compensación ayudó al otro a ejercer actividades que le dieran ganancias.

En el caso de corresponder, estos serán los mismos criterios que el juez evaluará a la hora de fijar el monto de la compensación económica.

¿Cómo se paga la compensación económica?

El artículo 63, en el referido capítulo VII de la Ley 19.947, establece el mecanismo para formalizar la compensación económica. Así lo indica:

“La compensación económica y su monto y forma de pago, en su caso, serán convenidos por los cónyuges, si fueren mayores de edad, mediante acuerdo que constará en escritura pública o acta de avenimiento, las cuales se someterán a la aprobación del tribunal.”

Si no hay acuerdo entre las partes acerca de la forma de pago de la compensación económica, será el Juez de familia quien decida cómo se pagará.

Las formas contempladas por la ley son las siguientes:

  • Entrega de una suma de dinero, acciones u otros bienes. Tratándose de dinero, podrá ser pagado en una o varias cuotas reajustables, respecto de las cuales el juez fijará seguridades para su pago.
  • Constitución de derechos de usufructo, uso o habitación, respecto de bienes que sean de propiedad del cónyuge deudor.
  • Traspaso de fondos previsionales entre las AFP.
  • Si el deudor no tiene bienes suficientes para pagar la compensación, mediante las formas señaladas el juez podrá dividirlo en cuantas cuotas sea necesario. Para ello tomará en consideración la capacidad económica del cónyuge.

Si el cónyuge no paga las cuotas, se deberá pedir su cumplimiento de la misma cuando no se pagan las pensiones de alimentos.

Pautas importantes para demandar por compensación económica

La compensación económica debe demandarse en conjunto con la demanda de divorcio en el Tribunal de Familia.

Tratándose del divorcio de mutuo acuerdo, la compensación económica debe quedar regulada en el acuerdo de relaciones mutuas.

Para demandar sobre esta materia, necesitarás del patrocinio de un abogado.

Incumplimiento en el pago de la compensación económica

En el caso de que exista un incumplimiento en el pago de la compensación económica, porque no se ha dado cumplimiento al pago, será necesario:

  • Solicitar una liquidación de la deuda en el Tribunal de Familia para determinar el
  • Una vez hecho esto, el deudor será notificado a su domicilio; teniendo 3 días para informarle al tribunal por qué no ha pagado.
  • Si el deudor se encuentra cesante y, por lo tanto, ha habido una variación de las circunstancias económicas desde el momento en que se fijó la compensación, debe hacerlo saber al tribunal. Por ejemplo a través de un finiquito del contrato de trabajo. Si el Tribunal estima que efectivamente ha habido un cambio en las circunstancias económicas, podrá ordenarle a éste que proponga una fórmula de pago real y seria de la compensación por medio del tribunal. Ésta podrá aceptarla o rechazarla.

Es importante tener en cuenta que no es obligación aceptar una fórmula de pago distinta a la convenida al momento de fijar la compensación. Lo anterior, puesto que nuestro Código Civil señala que el pago de lo que se debe tiene que ser íntegro y oportuno.

Es decir, las cuotas adeudadas deben ser pagadas de manera total y en el plazo estipulado, salvo que la otra parte acepte la nueva propuesta.

Si el deudor no se pronuncia sobre la liquidación, la otra parte podrá solicitar los apremios correspondientes para obtener el pago adeudado. Revisemos los apremios a continuación.

Apremios frente al incumplimiento en el pago de compensación económica

En caso que un obligado a pago de compensación económica caiga en incumplimiento, es posible solicitar los apremios que por ley se indica.

Los apremios por compensación económica pueden ser los siguientes:

  • Suspensión de la licencia de conducir
  • Arraigo nacional
  • Arresto nocturno,
  • Otros que determine el Tribunal de Familia.

Suspensión de apremios por parte del deudor

Es importante considerar que el deudor podrá solicitar la suspensión de los apremios, argumentando que carece de los medios necesarios para pagar su obligación.

La otra opción es que el deudor pague las cuotas adeudadas y presente su comprobante de pago al tribunal. Así, de manera inmediata, se suspenderán las medidas de apremios.

Finalmente, se podría interponer un recurso de amparo, argumentando que en nuestra legislación no procede el arresto por deudas. Sin embargo, esta solución es poco probable.

En efecto, el incumplimiento en el pago de una compensación económica por un cambio en las condiciones económicas del demandado, puede tener varios resultados. Si bien es una situación bastante particular, ocurre más seguido de lo que uno podría imaginar. Especialmente en el pago de compensaciones que se pactan en varias cuotas durante el tiempo.

La regularidad laboral, o simplemente la disposición de pago, puede ser vulnerable con el paso de los meses y años.

Extinción de la Compensación Económica

Bajo ciertas circunstancias o méritos, el derecho a la compensación económica se puede extinguir. Revisemos a continuación algunos escenarios donde podría ocurrir esto:

Prescripción de la compensación económica

El derecho a cobrar una compensación económica prescribirá al cabo de 5 años. Este plazo se cuenta desde su establecimiento y al no haber ejercido el derecho o la ejecución del mismo.

Renunciar a la compensación económica

Esto se observa normalmente en aquellos casos de divorcio por mutuo acuerdo. A través del acuerdo completo y suficiente se puede indicar que no se hará ejercicio del derecho.

Extinción por Muerte del ex-cónyuge

Al morir el beneficiario, se extingue el derecho a solicitar una compensación económica. Sin embargo, si esta fue definida, puede ser transmitida.

Extinción por Preclusión

Esto ocurre cuando el derecho a solicitar la compensación económica se ejerce fuera de los plazos o momento que establece la ley.

Resumiendo

En este artículo pudimos revisar qué es la compensación económica, a quién le corresponde solicitarla, sus requisitos legales, cómo calcularla y las perspectivas sobre el incumplimiento de su pago y extinción.

En la opinión editorial de MisAbogados, nos corresponde mencionar que este asunto es de una alta complejidad técnica. Implica el análisis exhaustivo de un matrimonio, el rol de los cónyuges, y la forma de cuantificar los menoscabos económicos correspondientes a un divorcio.

En consecuencia, contar con la guía y compañía de un abogado o abogada con experiencia en derecho de familia es no sólo obligatorio, sino también básico para transitar este proceso.

Espero que este artículo sobre compensación económica y apremios ante su incumplimiento haya aclarado tus dudas.

Si necesitas ayuda u orientación sobre este procedimiento legal, no dudes en dejarnos un mensaje en nuestros puntos de contacto. Un abogado de familia te contactará de inmediato.


autor Nicole Castillo
Por Nicole Castillo
Abogada experta en Derecho de Familia y Civil

Abogada UST. En 2015 trabajó en la Clínica Jurídica de la Universidad Santo Tomás, asesorando a los patrocinadores en casos de Derecho Civil y Derecho de Familia. Trabajó en la unidad de curaduría de la Oficina de Familia de Santiago. Desde 2018 es parte de MisAbogados.com, se desempeña como abogada asesora, dentro de sus funciones esta dar asistencia escrita y telefónica a clientes con respecto a distintas dudas jurídicas. Además de tramitar casos, patrocinando a Misabogados.com en Derecho de Familia principalmente.

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