Según el Código Civil la obligación de alimentar al hijo que carece de bienes pasa, por la falta o insuficiencia de ambos padres, a sus abuelos, por una y otra línea conjuntamente. En caso de insuficiencia de uno de los padres, la obligación indicada precedentemente pasará en primer lugar a los abuelos de la línea del padre o madre que no provee; y en subsidio de éstos a los abuelos de la otra línea.
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¿En qué calidad son responsables los abuelos por el pago de la pensión alimenticia?
Los abuelos son responsables de manera subsidiaria, es decir, solamente en los casos que los padres no puedan por motivos justificados cumplir con esta obligación.
¿Qué procedimiento debo seguir para que mis abuelos procedan al pago de la pensión alimenticia?
Al ser la demanda por alimentos subsidiaria para tus abuelos, en primer lugar se deberá demandar a los padres. Siendo así, si estas pensiones no se pagasen o fueran insuficientes, recién ahí se podrá dirigir la demanda contra los abuelos.
¿Qué abuelo será responsable del pago de la pensión alimenticia?
Como veíamos en la primera pregunta, el artículo 232 en su inciso segundo establece que “en caso de insuficiencia de uno de los padres, la obligación indicada precedentemente pasará en primer lugar a los abuelos de la línea del padre o madre que no provee; y en subsidio de éstos a los abuelos de la otra línea”.
Es decir, si es tu madre la que no paga la pensión serán sus padres, y si es tu padre el que no paga la pensión, serán los suyos.
¿Debe el tribunal tomar en cuenta la solvencia de los abuelos?
Sí, al fijar la pensión en una demanda por alimentos, el tribunal deberá determinar la solvencia de tus abuelos.
En este caso, a diferencia de los padres, no se presume la solvencia de los abuelos. Por esto, se deben presentar pruebas que acrediten el estado económico de los abuelos, siendo así se fijará el monto de la pensión y su procedencia.
¿Qué pasa si uno de los padres puede pagar justo cuando fue dictada la sentencia que obliga a los abuelos?
En este caso, los abuelos pueden pedir que se dicte el cese de la obligación para ellos, esto a favor de sus nietos. Básicamente, es solicitar el cese de pensión alimenticia.
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